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El pasado 1 de agosto fue aprobada la ley 27/2011, sobre la actualización y modernización del sistema de la Seguridad Social, estableciéndose la integración del Régimen Especial de los empleados de hogar en el Régimen General de la Seguridad Social. Dicha ley entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2012, y los hogares que cuenten en la actualidad con empleados de hogar dispondrán de seis meses para adecuarse a la nueva legislación.

Nueva Ley para el Servicio Doméstico

Una de las modificaciones fundamentales en la ley 27/2011, será la obligatoriedad por parte del titular del hogar familiar de cotizar a la Seguridad Social desde la primera hora de trabajo, con independencia de que la jornada sea a tiempo completo o por horas y del número de empleadores.

La base de cotización tanto por contingencias comunes como por contingencias profesionales se determinará en función de la retribución percibida por los trabajadores. Para ello, la nueva ley determina una escala tarifada de 15 tramos diferentes.

Por otro lado, mediante el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, se ha procedido a regular los términos y las condiciones laborales del personal doméstico, derogando así el antiguo Real Decreto 1424/1985, de 1 de agosto, que venía regulando esta relación laboral de carácter especial.

Muchas han sido las modificaciones realizadas también en este sentido. El deber de comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal el contenido de los contratos de trabajo, así como su terminación, la cuantía de las gratificaciones extraordinarias, la exigencia de entregar al trabajador un recibo individual y justificativo del pago del salario o las indemnizaciones correspondientes en caso de extinción del contrato por desistimiento del empleador, entre otras muchas.

Ley sobre el servicio doméstico

Debido a esta nueva regulación del Servicio Doméstico, Interdomicilio ofrecerá asesoramiento a aquellas personas que tengan empleados de hogar contratados bajo el actual Régimen Especial del Servicio Doméstico, informándole de las novedades legislativas y de los trámites necesarios para adaptarse a la nueva ley.

Y si lo prefieres, puedes contratar directamente personal de empresas como Interdomicilio. Contamos con profesionales contratados bajo el Régimen General de la Seguridad Social. Además, todos nuestros servicios están cubiertos con un Seguro de Responsabilidad Civil, y cubrimos los periodos vacacionales y bajas con otros profesionales de nuestra empresa para que no tengas que preocuparte por nada. Más información.

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200 Comentarios. Dejar nuevo

  • juan carlos barranco nadal
    octubre 9, 2012 6:13 pm

    Hola, amigos. Mi madre quiere tener una persona que la ayude 12 horas a la semana. Quería saber por favor, ¿Cuánto debería pagar mi madre desglosado entre seguridad social y salario base? ¿Cuánto cobraría en neto la persona cuidadora tomando como base el SMI? ¿Y cuánto debería pagar de su seguridad social para que la aseguren?

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  • Hola. Quisera sabe yo trabajo en una casa 40horas semanali estog cobrando 700€ i medias pagas i emckma yo tengo k lieva mi comida k ai no mi da de como i es una caza muy grande con 7 personas quisera sabe si tenia k cobra mas i que tene k pagami las dos pagas compretas gracias

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  • hola , me van a asegurar por una hora de lunes a viernes para estas con una señora y quisiera saber si esto me sirve para poder cobrar luego una ayuda pues me han dicho que me faltan 21 dias para poder cobrar una ayuda de 3 meses, muchas gracias

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  • hola.. podria ayudar me es que tengo algunas dudas.. queria dejar mi trabajo como servicio domestico y buscar otro trabajo.. he hablado con mi señor y me ha dicho que no me daran dinero cuando me vaya.. he trabajado con el por 1año y 9meses..¿es verdad que no esta obligado a pagar me algo? pregunte algunos conocidos que trabaja tambien como servicio domestico y me han dicho que tiene que pagar me y no se que hacer.. espero que me ayudais.. muchas gracias

    Responder
  • Quisiera saber si alguien que esta cobrando el paro y le surge la oportunidad de trabajar como servicio domestico, asegurada por el mínimo tiempo (60,60 €/mes) perdería la prestacíón íntegra de paro.

    Gracias

    Responder
  • Hola, Buenas tades:
    Trabajo en una casa 10 horas semanales y necesitamos saber que debemos hacer para formalizar la situación.
    ¿Cuanto debería pagar la persona que me contrata mensualmente a la seguridad social?
    ¿Cuanto debería pagar yo mensualmente a la seguridad social?
    ¿Que documentos necesitamos?
    Por favor, les agradeceria me asesoraran de como hacerlo, si ustedes lo pueden gestionar y cuanto costaria.
    Gracias
    Rosa

    Responder
  • Hola, yo trabajo en un chalet unas horas a la semana, en Valencia y me pagan a 12 €/ hora. Ahora me están saliendo mas casas por el mismo precio, se ve que me pagan eso porque trabajo bien.
    Un saludo.

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  • Hola: Tengo contratada desde Diciembre, una empleada de hogar interna. Tiene contrato y Seguridad social.Es una persona que no acepta las ordenes, ni que le digan si algo hace mal. Quiere hacer ella las cosas a su manera y ser ella la que decide como hacer las cosas.
    Si le llamas la atención se enfrenta y te dice que eres mala persona y que no tienes educación.
    Yo creo que es suficiente motivo para un despido, que puedo hacer.
    Un saludo

    Responder
  • necesito informacion ,mi abuelo es pensionista y necesita una mujer para que cuide a mi abuela,tiene aprobada la ley dependenciami pregunta es ,si el contrata una mujer y la da de alta 40horas al mes,osea jornada completa cuanto tiene que pagar él,por ella en la seguridad social

    Responder
  • Hola soy empleada domestica por horas trabajo dos veces por semana, 8 horas semanales, estoy en negro, mi consulta es: los dias feriados no me pagan (si no voy) , las vacaciones que se toman mis patrones me quedo sin trabajo hasta que ellos vuelvan, eso es asi? gracias espero una respuesta.

    Responder

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