Tabla Salarial y Cotización a la Seguridad Social
Tal y como comentamos en el apartado “Nómina y Salario”, los empleadores deben garantizar que sus empleados reciben en cómputo total anual una cuantía en metálico no inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Añadido a ese importe, se debe de asumir el coste de la cotización a la Seguridad Social, aspecto que detallamos en el siguiente punto.
Cotización a la Seguridad Social de los empleados del Hogar
Desde el 1 de enero del 2012, cotización a la Seguridad Social de las empleadas de hogar se basa en lo establecido en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar.
Este Régimen, implica el pago de diferentes contingencias:
- Contingencias comunes. En el año 2022, las contingencias comunes serán del 23,60% a cargo del empleador, y el 4,70% a cargo del empleado. Es importante saber que será siempre el empleador quien costee en un primer momento el importe de Seguridad Social del empleado (el 4,70%), aunque posteriormente tendrá derecho a deducir este importe de la nómina mensual.
- Contingencias profesionales. Las contingencias comunes son del 1,50% y solo corren a cargo del empleador.
En definitiva, el empleador pagará un 23,60% (22,10% + 1,50%) de Seguridad Social, mientras que el empleado pagará un 4,70%. En todo caso, cabe destacar que desde el establecimiento de este Régimen Especial el Ministerio ha considerado oportuno realizar un 20% de descuento en las contingencias comunes a costear por parte del empleado, bonificación que se desconoce si estará vigente a partir del 2022. Las familias numerosas disponen de la posibilidad de acceder a una bonificación del 45% sobre las contingencias comunes del empleador, cumpliendo ciertos requisitos.
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Estos porcentajes, serán de aplicación sobre las siguientes bases de cotización:
Bases de cotización de las empleadas de hogar
Dicha tabla ha sido actualizada con respecto al incremento salarial aplicable con caracter retroactivo desde el día 01 de Enero de 2022, publicado el 31 de marzo de 2022 (Orden PCM/244/2022, de 30 de marzo, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2022).
¿Cómo puedo calcular la cotización de mi empleado de hogar en el 2022?
Ejemplo práctico. El sueldo de mi empleado de hogar es de 500€ porque así se acuerda entre las partes y está dentro de la legalidad vigente. ¿Cuánto es el total de contingencias a costear?
En primer lugar, nos dirigimos a la tabla para buscar sobre qué base de cotización deberemos de calcular las contingencias. En este caso, nos correspondería el tramo 3º, cuya base de cotización es de 528€.
Calculamos:
- Contingencias comunes del empleador: 528 x 23.60% = 124,61€
- Le aplicamos el 20% de descuento: 124,61€ x 20% dto. = 99,69€
- Contingencias profesionales del empleador: 528 x 1,50% = 7,92€
- Contingencias comunes del empleado: 528 x 4,70% = 24,82€
- Las contingencias a costear por el empleador serían: 99,69€+ 7,92€ = 107,61€
- Las contingencias a costear por el empleado serían: 24,82€
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