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El pasado 1 de agosto fue aprobada la ley 27/2011, sobre la actualización y modernización del sistema de la Seguridad Social, estableciéndose la integración del Régimen Especial de los empleados de hogar en el Régimen General de la Seguridad Social. Dicha ley entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2012, y los hogares que cuenten en la actualidad con empleados de hogar dispondrán de seis meses para adecuarse a la nueva legislación.

Nueva Ley para el Servicio Doméstico

Una de las modificaciones fundamentales en la ley 27/2011, será la obligatoriedad por parte del titular del hogar familiar de cotizar a la Seguridad Social desde la primera hora de trabajo, con independencia de que la jornada sea a tiempo completo o por horas y del número de empleadores.

La base de cotización tanto por contingencias comunes como por contingencias profesionales se determinará en función de la retribución percibida por los trabajadores. Para ello, la nueva ley determina una escala tarifada de 15 tramos diferentes.

Por otro lado, mediante el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, se ha procedido a regular los términos y las condiciones laborales del personal doméstico, derogando así el antiguo Real Decreto 1424/1985, de 1 de agosto, que venía regulando esta relación laboral de carácter especial.

Muchas han sido las modificaciones realizadas también en este sentido. El deber de comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal el contenido de los contratos de trabajo, así como su terminación, la cuantía de las gratificaciones extraordinarias, la exigencia de entregar al trabajador un recibo individual y justificativo del pago del salario o las indemnizaciones correspondientes en caso de extinción del contrato por desistimiento del empleador, entre otras muchas.

Ley sobre el servicio doméstico

Debido a esta nueva regulación del Servicio Doméstico, Interdomicilio ofrecerá asesoramiento a aquellas personas que tengan empleados de hogar contratados bajo el actual Régimen Especial del Servicio Doméstico, informándole de las novedades legislativas y de los trámites necesarios para adaptarse a la nueva ley.

Y si lo prefieres, puedes contratar directamente personal de empresas como Interdomicilio. Contamos con profesionales contratados bajo el Régimen General de la Seguridad Social. Además, todos nuestros servicios están cubiertos con un Seguro de Responsabilidad Civil, y cubrimos los periodos vacacionales y bajas con otros profesionales de nuestra empresa para que no tengas que preocuparte por nada. Más información.

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200 Comentarios. Dejar nuevo

  • Por 8 horas de servicio domestico 5 dias semanales cual seria mi sueldo

    Responder
  • María Jesús Ramos Ortiz
    septiembre 14, 2017 10:33 am

    Hola, quiero contratar a una cuidadora para mis hijos y me gustaría que me informaran de lo que debería cobrar por 10 horas semanales, el dinero final que debería pagar (cotizaciones, seguridad social, etc incluidas), lo que tendria que descontar si fuera el caso y como hacer el contrato . Somos falimilia numerosa de Andalulcia. Gracias de antemano.

    Responder
    • Buenos días María Jesús, te hemos enviado un email con la información. También puedes contactar directamente con nosotros llamando de forma gratuita y sin compromiso al 900 102 169. Un saludo

      Responder
  • Buenas noches quisiera saber cuanto seria el salario para una señora que trabaja limpiando una casa 3 dias a la semana ( 5 horas por dia). Va en la mañana 3 horas y por la tarde 2 horas. En espera de su respuesta. Gracias.

    Responder
    • Interdomicilio
      julio 13, 2018 9:17 am

      Hola Merly. Puedes llamarnos al 900 102 169 (llamada gratuita) y te daremos toda la información y realizaremos un presupuesto sin compromiso. Saludos

      Responder
  • Buenas tardes.
    Soy empleada de hogar y como tal, estoy obligada a hacer el curso de acoso laboral? Gracias

    Responder
    • ¡Hola!
      Constituir un protocolo contra el acoso laboral es una obligación para toda empresa o autónomo que tenga empleados a su cargo. En el Régimen especial de empleadas de hogar aún no se ha desarrollado una normativa específica en relación con esta materia que establezca las pautas a seguir.
      ¡Un saludo!

      Responder

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